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Nacionales

ANEP se pronuncia por resolución de la Sala impuesta

Luego que la Sala de lo Constitucional emitiera el pasado 19 de enero el sobreseimiento de las medidas cautelares que había ordenado la Cámara Tercera lo Penal en el caso Intratext en octubre de 2020, la Asuntos Legales de la Asociación Nacional de la Empresa Privada, ANEP, se ha pronunciado al respecto, y considera que los procesos deben hacerse cumpliendo las garantías constitucionales para evitar abusos.

Así lo aseguró Daniel Olmedo, director de Asuntos Legales de la gremial empresarial. Olmedo señaló que el criterio de los magistrados desde el 1 de mayo y las reformas a la Ley de la Carrera Judicial ha afectado la independencia judicial.

«No podemos obviar que los hechos del 1 de mayo y las reformas a la Ley de la Carrera Judicial han deteriorado la independencia judicial. Esa situación incrementa el riesgo que implica el nuevo criterio de los magistrados impuestos de que ocurran falsos positivos, enviándose a la cárcel a personas que no han evadido impuestos», aseguró.

Además, hizo hincapié en que si bien la evasión de impuestos es una conducta «reprochable», esta debe combatirse con herramientas establecidas por la ley, para que se cumplan «las garantías constitucionales a efecto de evitar abusos».

También detalló que el criterio de los magistrados se definan en sede penal, saltándose las fases administrativas, que obliga a los entes competentes como la Dirección General de Impuestos Internos y al Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas, a no determinar si hay o no evasión de impuestos en un caso en particular.

«El principio de proporcionalidad supone que si los propósitos de castigar a los responsables de evasión, disuadir a terceros y resarcir al fisco por lo evadido se cumplen con medidas menos gravosas, el Estado debe activar esas medidas menos gravosas primero», aseguró, haciendo referencia a que el derecho penal debe actuar como «ultima ratio», según lo reconoce Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

Según explicó Olmedo, aunque dicho amparo aplica solo a casos en particular, el efecto sería también para otros amparos que se presenten por los mismos motivos, los cuales serían rechazados.

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